CONIMEX le brinda el servico indispensable para concretar operaciones de Importación y/o Exportación: La inscripción como importador y exportador en Aduana.
Para ello se debe tener en cuenta lo siguiente:
- Es necesario encontrarse inscripto ante la Dirección General Impositiva (AFIP-DGI) y poseer NUMERO DE CUIT (Clave Única de Identificación Tributaria).
Si bien bajo la condición de MONOTRIBUTISTA se está en condiciones de solicitar el Registro de Importador y Exportador (Solo para Exportar), por cuestiones operativas y beneficios impositivos, se recomienda la inscripción como RESPONSABLE INSCRIPTO.
- Se debe completar el FORMULARIO OM-1228 F - este puede completarse on-line en la pagina de la afip - www.afip.gov.ar/genericos/formularios
El domicilio consignado en el formulario OM-1228/F deberá ser coincidente con el domicilio fiscal declarado ante la Administración Federal de Ingresos Públicos.
Se deberán presentar 3 (TRES) ejemplares del formulario OM-1228/F, de los cuales 2 (DOS) deben estar certificados por escribano.
La certificación de firmas de las personas que intervienen deberán ser llevadas a cabo por escribano público, debiendo la firma de éste encontrarse legalizada por el respectivo colegio. Y en ese caso, el escribano actuante deberá indicar el carácter invocado del firmante, como también la documentación tenida a la vista con la cual acredita las facultades otorgadas para suscribir la presente solicitud.
Requisitos y Documentación a presentar junto con el Form. OM 1228/F (ficha de inscripción que se encuentra disponible en el sitio web de la AFIP y ES LA UNICA VALIDA PARA PRESENTAR ANTE AUTORIDADES ADUANERAS):
- Constancia de CUIT
- Encontrarse habilitado para ejercer el comercio al momento de solicitarla
- Acreditar Solvencia Económica de acuerdo a lo normado por Res. Gral AFIP nro. 2144/2006 o en su defecto presentar Caución o Aval por la suma de $ 30.000 según lo estipulado por la normativa de referencia.
Los sujetos que soliciten la inscripción en el registro de importadores y exportadores ACREDITARAN SOLVENCIA ECONOMICA si en el último año calendario demuestran ventas superiores a los $ 300.000,00.- Debe tenerse en cuenta que se toman como válidas sólo las presentaciones de IVA registradas en término y sus modificatorias. Los sujetos que no encuadren en el marco referido más arriba deberán acreditar ante la AFIP solvencia Económica mediante POLIZA DE CAUCION solicitada ante compañía de seguros, CAUCION EN EFECTIVO otorgada ante la DGA o AVAL BANCARIO otorgado ante la DGA. En todos los casos el monto a CAUCIONAR o AVALAR es de $ 30.000,00 y la AFIP se reserva el derecho de restituirlo cuando considere que el sujeto solicitante ha cumplido con solvencia los requisitos de la norma.
Una vez revisados los requisitos mínimos para solicitar la adhesión al Registro de Importadores y Exportadores de la DGA, los requerimientos para los distintos tipos de solicitantes, son: